El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, TSJCV, que anuló varios artículos de una ordenanza que regulaba los vehículos de alquiler con conductor (VTC) en la capital del Turia. Dicho recurso de casación fue presentado por la Confederación de Taxistas de la Comunidad Valenciana.
El pasado mes de marzo el TSJCV declaró nulos varios artículos de la Ordenanza Municipal de Valencia que regula el servicio que prestan las VTC. En dicha normativa se estableció una hora mínima obligatoria de precontratación para estos vehículos, así como una distancia mínima de 300 metros que no debía rebajar sobre lugares de importante demanda de usuarios. También se obligaba a los titulares de las autorizaciones a sustituir los vehículos adscritos a las VTC por otros clasificados como cero emisiones.
Tanto la Confederación de Taxistas como el Ayuntamiento de Valencia presentaron un recurso de casación ante el Supremo tras conocerse esta sentencia. Sin embargo, según explican los taxistas, el Alto Tribunal no ha admitido el recurso del Consistorio valenciano y solo ha progresado el recurso presentado por los taxistas.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia fue la entidad que recurrió en primera instancia esta Ordenanza Municipal de las VTC, que aún deberá pasar por el análisis y estudio del Tribunal Supremo para ver si la totalidad de sus artículos son finalmente aplicables.